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SCJN frena cambios a la Ley de Amnistía por falta de consenso

 

México

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no logró este martes la mayoría calificada de ocho votos necesaria para declarar inconstitucional una parte del Artículo 3 de la Ley de Amnistía, que deja en incertidumbre el mecanismo para impugnar el rechazo de una solicitud de perdón cuando la Comisión de Amnistía no responde.

En la sesión, la ministra Margarita Ríos Farjat presentó un proyecto para invalidar con efectos generales el párrafo quinto y el párrafo sexto de dicho artículo. Argumentó que la falta de claridad sobre los medios de defensa vulnera los principios de legalidad, seguridad jurídica y acceso a la justicia.

Sin embargo, ante la ausencia de los ministros Jorge Pardo Rebolledo y Lenia Batres Guadarrama, la propuesta solo obtuvo seis votos a favor, mientras que las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz votaron en contra, lo que impidió su aprobación.

La Primera Sala de la SCJN ya había declarado inconstitucionales estos preceptos el 30 de noviembre de 2022, tras resolver un amparo en revisión. En esa ocasión, se otorgó un plazo de 90 días para que el Congreso modificara la norma, pero hasta la fecha no se ha realizado ninguna reforma.

Esquivel Mossa sostuvo que, aunque la Ley de Amnistía no establece expresamente la vía para impugnar una negativa, la jurisprudencia de la Corte ha determinado que el amparo indirecto es un recurso válido. Además, señaló que el artículo 116 de la Ley Nacional de Ejecución Penal faculta a los jueces de ejecución para resolver sobre la extinción de penas, lo que haría innecesaria la declaratoria de inconstitucionalidad.

Con este resultado, el vacío legal en torno a la impugnación de solicitudes de amnistía sigue sin resolverse.

Fuente: Jornada

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